Conoce Algunos Términos que te Servirán en tus Procesos Migratorios
- Lcda. Yalitza M. Maldonado
- 3 ago 2022
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 13 nov 2024
Cuando hablamos de inmigración, sabemos algunos términos utilizados pueden sonar muy técnicos. Por tal razón, aquà te dejamos algunos términos básicos definidos por el Servicio de CiudadanÃa e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) para ayudarte en tus procesos migratorios.

1. Visa o Visado: Una visa de Estados Unidos le permitirá solicitar la entrada al paÃs bajo una clasificación particular. Existen un sin número de visas para poder permitir a extranjeros entrar al paÃs. A modo de ejemplo, podemos mencionar las visas estudiantiles, visas de trabajo, visas de turistas, entre muchas otras más. Los inspectores de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) determinarán si será admitido, la duración de su estadÃa y las condiciones de la estadÃa en el puerto de entrada. Una vez admitido, los términos de su entrada a los Estados Unidos se registrarán en el Registro de Entrada/Salida (I-94) y en su pasaporte.
2. BoletÃn de Visa: Es un resumen de la cantidad de visas disponibles por año, además de incluir un pronóstico de tiempo de espera para la disponibilidad de diferentes tipos de visas.
3. Green card (Tarjeta de Residente Permanente): Es una tarjeta otorgada por el Gobierno a los extranjeros para que les sirva como evidencia de su estatus de residente permanente legal en Estados Unidos. La mayorÃa son válidas por 10 años. Sin embargo, las tarjetas entregadas a residentes con estatus de residente permanente condicional son sólo válidas por 2 años.
4. Ajuste de Estatus: Proceso que puede usar para solicitar su Green Card cuando está presente en Estados Unidos. Con el ajuste de estatus, puede obtener una tarjeta de residente permanente sin tener que regresar a su paÃs de origen para completar el trámite a través de un consulado Americano.
5. Número de USCIS o Número de Registro de Extranjero (Número A o A#): Número único conformado de siete, ocho o nueve dÃgitos que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) le asigna a una persona que no es ciudadano estadounidense. El mismo número aparece en la parte posterior de las Tarjetas de Residente Permanente (Formulario I-551) expedidas después del 10 de mayo de 2010.
6. Solicitud de Evidencia (RFE, por sus siglas en inglés): Un RFE es una solicitud de evidencia adicional si no se presentó toda la evidencia requerida, si la evidencia que presentó ya no es válida, o si el oficial de inmigración necesita más información para determinar su elegibilidad para algún remedio particular.
7. Naturalización: Es la forma en que una persona que no nació en Estados Unidos se convierte voluntariamente en ciudadano del paÃs.
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¡Hasta luego!
Yalitza M. Maldonado Torres
Abogada de Inmigración
PR: 939-545-3171
info@inmigracionvirtual.com | www.inmigracionvirtual.com
Este artÃculo es solo de carácter informativo y no debe ser constituido como asesorÃa legal. Cada caso es diferente y requiere una consulta legal para confirmar elegibilidad. De necesitar ayuda con el proceso de naturalización para obtener tu ciudadanÃa Estadounidense, incluyendo la preparación para su entrevista y examen cÃvico, no dude en contactarnos para coordinar una consulta virtual o telefónica.
