¡Hola de nuevo! Continuamos esta semana con la Segunda Parte de las preguntas más comunes que recibimos en Inmigración Virtual sobre la Residencia Legal Permanente.
5. ¿Qué hago si pierdo mi tarjeta de residencia legal permanente?
Si pierdes tu tarjeta de residencia legal permanente dentro de los Estados Unidos, conserva la calma. A través del formulario I-90 de USCIS puedes solicitar el reemplazo de esta. Claro, tendrás que probar tu identidad y pagar la tarifa dispuesta por esta agencia para que procesen tu solicitud. Ahora bien, siempre es recomendable hablar antes con un abogado de inmigración por si ha pasado algo desde la última vez que recibiste o renovaste tu tarjeta verde que amerite una estrategia legal antes de levantar una bandera roja al someter la aplicación.
6. ¿Con cuánto tiempo de anticipación debo comenzar el proceso para renovar mi residencia legal permanente?
La regla general es que debes someter la Forma I-90 para renovar la residencia legal permanente seis (6) meses antes de que se expire junto con la tarifa correspondiente. Si sometes la aplicación antes, USCIS probablemente la denegará por ser prematura.
7. Si ya tengo mi residencia legal permanente, ¿cuánto tiempo tengo que esperar para pedir la ciudadanía americana?
Debes esperar tres (3) años si obtuviste la residencia legal permanente por matrimonio y cinco (5) años si la obtuviste de cualquier otro modo. Ahora bien, es importante tomar en consideración que, si aplicas para obtener la ciudadanía americana a los tres (3) años porque obtuviste tu residencia legal permanente por matrimonio y te divorcias durante el proceso, entonces deberás retirar la aplicación y esperar a que llegues a los cinco (5) años para volver a solicitar.
Espero que este recurso haya aclarado alguna de tus dudas y si aun tienes alguna interrogante sobre el proceso no dudes en coordinar una cita con Inmigración Virtual, estamos a la orden.
¡Muchas gracias por sacar este ratito para leernos!
Hasta luego,
Lcda. Yalitza M. Maldonado Torres
Abogada, co-fundadora y CEO
Inmigración Virtual, LLC
PR: 939-545-3171 | US: 786-633-2169
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Este artículo es solo de carácter informativo y no debe ser constituido como asesoría legal. Cada caso es diferente y requiere una consulta legal para confirmar elegibilidad. El que haya recibido o leído este artículo no significa que haya una relación ni privilegio abogado-cliente entre usted y cualquiera de nuestras abogadas. Inmigración Virtual, LLC no está afiliada ni endorsada por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS por sus siglas en inglés) ni por ninguna otra agencia gubernamental.
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